Teléfono: 968 065 090 – 661 10 46 06 (Solo WhatsApp)
Pol Ind Cabezo Cortado – Ctra nacional 301- 30100 (Murcia)
itv@itvcabezocortado.es
Horario: Lunes a Viernes de 7:15 – 21:30 (Ininterrumpido). Sábados de 8:00 – 13:30.
En ITV Cabezo Cortado revisamos todo tipo de vehículos. Busca la tarifa para el tuyo aquí.
Al llegar a ITV Cabezo Cortado, le solicitaremos la documentación necesaria antes de proceder con la inspección técnica. Una vez presentada la documentación, procederemos con el pago del servicio y la revisión del vehículo.
Los documentos que necesitará para ello son los siguientes:
– Permiso de circulación.
– Ficha técnica del vehículo.
– Tener el seguro obligatorio en vigor.
Mientras espera su turno, en ITV Cabezo Cortado, el cliente podrá disfrutar de wifi totalmente gratuito.
No es obligatorio, se puede acudir directamente a la Estación de ITV Cabezo Cortado sin tener cita, siempre dentro de nuestro horario de apertura.
Si desea pasar su ITV sin posibles esperas que pudieran haber, puede pedir cita previa llamando al 968 065 090 o mediante nuestra página web.
Llevar la pegatina de la ITV sí es obligatorio. Además, deberá estar claramente visible en la luna delantera.
Esta pegatina es la acreditación de que nuestro vehículo es apto para seguir circulando por carretera y que cumple con la normativa vigente.
Cuando sometemos a nuestro vehículo a la inspección técnica, existen distintos posibles resultados:
ITV favorable: En este caso, el coche es apto para seguir circulando con normalidad. Solamente tendrá la obligación de poner la pegatina que acredita que su vehículo está en perfectas condiciones. Deberá pasar la ITV de nuevo tras el periodo correspondiente.
ITV desfavorable: La ITV desfavorable significa que su vehículo tiene algunos defectos graves que deberá solucionar. Densi solo son leves no se le da desfavorable y los leves no los tiene que arreglar para darle el favorable es un error de concepto que tiene mucha gente.
El propietario del vehículo tendrá un plazo de 2 meses para solucionar los defectos hallados sin coste adicional. Pasado este periodo tendría que abonar el precio de una inspección periódica nueva. Igualmente se recuerda que pasados es dos meses para solucionar el problema, tráfico le podría dar de baja a su vehículo. Durante ese periodo de tiempo solo podrá circular al taller y al mismo centro donde se le realizó la primera inspección.
En el caso de que nuestra inspección sea negativa debido a que los defectos encontrados sean muy graves, el propietario deberá trasladar el vehículo en grúa a un taller para poder solucionarlos lo antes posible.
Al presentarse en segunda inspección o sucesivas en la estación, informe al personal de entrada al llegar a la estación y ellos indicaran las maniobras a efectuar tanto para 2ª inspección como para cita previa.
Recordamos que tendrá preferencia en el orden de llamada aunque si deberá guardar el orden de entrega de documentación en oficina.
Depende de cada vehículo y de su antigüedad, teniendo en cuenta la fecha de 1ª matriculación. Igualmente, podrá pasar 30 días antes sin modificar la fecha límite anterior.
Si el vehículo ya ha realizado alguna inspección técnica periódica, la fecha límite para realiza se puede encontrar en el reverso de la Tarjeta de Inspección Técnica y en el distintivo colocado en el parabrisas del vehículo. En caso de que la ficha técnica sea nueva, podrá encontrar su próxima fecha de inspección en el informe entregado al finalizar la inspección.
La estación de ITV no sanciona por presentar el vehículo fuera de plazo y se realiza la inspección con normalidad.
Pero si el vehículo es detectado circulando por las vías públicas con la ITV caducada, el titular será sancionado por los agentes de autoridad.
Durante la Inspección Técnica Periódica, se verifican más de 100 puntos del vehículo, todos ellos relacionados con seguridad vial y la protección del medio ambiente. Se comprobarán las características técnicas tanto exteriores como interiores de los vehículos.
Cuando se finaliza la inspección se emite un informe correspondiente que puede tener distintos resultados.
Favorable: La inspección no presenta ningún defecto.
Defecto leve: Debe repararse lo antes posible sin que se exija una nueva inspección para comprobar que ha sido subsanado.
Defecto grave: Inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a la estación ITV para nueva inspección.
Defecto muy grave: La utilización del vehículo supone un peligro para sus ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública. En este caso el traslado del vehículo debe hacerse por medios ajenos al mismo.
El buen estado del vehículo es fundamental para la seguridad del conductor y sus acompañantes, y la del resto de los usuarios de la vía. Por eso, es importante acudir a las revisiones periódicas, como marca la ley.
En este proceso serán inspeccionados los aspectos más importantes para el correcto funcionamiento del mismo:
Documentación: Se comprobará que la documentación aportada coincide con el vehículo que va a pasar la inspección. Por tanto, se comprobará marca, modelo, número de bastidor y matrícula.
Exterior del vehículo: Se comprobarán aspectos sobre el estado exterior (partes oxidadas, perforadas o con desperfectos). Además, también se comprobará el correcto funcionamiento de los limpiaparabrisas, y otros elementos que estén ubicados en la parte exterior.
Interior del vehículo: También se supervisarán aspectos importantes para la seguridad la fijación de los asientos, los cinturones de seguridad y sus anclajes, ventanillas, etc.
Dirección: El vehículo deberá pasar alineado por una placa, a muy baja velocidad, y se revisará el estado general de la dirección (volante, caja de dirección, etc.).
Alumbrado y señalización: Se comprobará el correcto funcionamiento de las luces del vehículo (luz de cruce, posición, marcha atrás, intermitentes, luces de emergencia, luz de frenado, la antiniebla, etc).
Emisiones contaminantes: En este apartado se revisarán tanto las emisiones de gases, como el nivel de contaminación acústica. El sistema ‘OBD’ permite detectar si el nivel de emisiones del vehículo es el correcto.
Ruedas: Las ruedas deberán estar fijadas correctamente, sin ningún tipo de desperfecto. Tampoco podrán tener un desgaste irregular, deformaciones, o grietas.
Frenos: Los frenos deberán funcionar de forma segura, rápida y eficaz. Se comprobará el pedal de freno y el freno de mano.
Motor y transmisión: Se comprueba el motor, con especial atención a pérdidas de aceite, además de las condiciones de la instalación eléctrica y la batería.
Tendrá que solicitar un duplicado aportando la siguiente documentación: DNI del titular y Permiso de Circulación o, en su defecto, el permiso provisional que autoriza a circular emitido por la Jefatura Provincial de Tráfico. En caso de no ser el titular del vehículo, deberá presentar el DNI del titular, del autorizado y una autorización para realizar el duplicado.
Según la Ley vigente en España, es obligatorio que el conductor y el vehículo tengan todos los documentos en regla para poder conducir y circular.
Éstos deberán viajar dentro del coche, en el momento de circular, y se deberán mostrar a los agentes de la autoridad, en el caso de que lo soliciten. En caso contrario, podemos enfrentarnos a multas de hasta 500 euros.
Todos los vehículos que circulan por España están obligados a pasar la ITV. Ningún vehículo está exento de ello, excepto si ya están dados de baja o son nuevos. La periodicidad de cada vehículo se recoge a continuación:
Ciclomotores
1ª Matriculación
Menos de 3 años
Más de 3 años
Periocidad
Exento
2 años
Motocicletas particulares, cuadriciclos y quads
1ª Matriculación
Menos de 4 años
Más de 4 años
Periocidad
Exento
2 años
Turismos particulares
1ª Matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
Vehículos ligeros
1ª Matriculación
Menos de 2 años
De 2 a 6 años
De 6 a 10 años
Más de 10 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
6 meses
(Camiones y vehículos mixtos de hasta 3.500 Kg. y derivados de turismos)
Vehículos pesados
1ª Matriculación
Menos de 10 años
Más de 10 años
Periocidad
1 año
6 meses
(Camiones, vehículos mixtos de más de 3.500 Kg. y remolques)
Autobuses
1ª Matriculación
Menos de 5 años
Más de 5 años
Periocidad
1 año
6 meses
Caravanas > 750 kg MMA y ≤ 3.500 kg MMA
1ª Matriculación
Menos de 6 años
Más de 6 años
Periocidad
Exento
2 años
Tractores agrícolas
1ª Matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 16 años
Más de 16 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
(vel. > 40 km/h)
Resto de vehículos agrícolas
1ª Matriculación
Menos de 8 años
De 8 a 16 años
Más de 16 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
Autocaravanas
1ª Matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
Vehículo especial
1ª Matriculación
Menos de 4 años
De 4 a 10 años
Más de 10 años
Periocidad
Exento
2 años
1 año
(obras y servicios ≥ 25km/h)
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